Compensación de pérdidas patrimoniales
Calcula cuánto puedes compensar entre ganancias, pérdidas, dividendos y RCM. Aplica el límite del 25% cruzado y el arrastre a 4 años.
Tu situación del año
Pérdidas pendientes de años anteriores
Se compensan antes de cruzar grupos
Pasos aplicados
- Saldo GP del año: -1500.00 €
- Saldo RCM del año: 800.00 €
- Compensación cruzada GP→RCM (25%): 200.00 €
¿Qué es esto y cómo se usa?
Una pérdida en bolsa no es solo una mala noticia: es un derecho fiscal que puedes usar para pagar menos por lo que has ganado. Pero España lo organiza en dos cajones separados y el detalle de cómo se cruzan es lo que decide cuánto te ahorras de verdad.
En un cajón van las ganancias y pérdidas patrimoniales: lo que sale de vender acciones, fondos, ETFs, cripto o un inmueble. En el otro, los rendimientos del capital mobiliario: dividendos, intereses, cupones. Dentro de cada cajón todo se suma y se resta libremente. Entre cajones, no: si te queda saldo negativo en uno, solo puedes llevarte al otro hasta el 25% de su saldo positivo. Y lo que aún sobre no se pierde: se arrastra los cuatro ejercicios siguientes.
Dos cosas donde esto engaña. La primera: el arrastre caduca, y en el quinto año lo que no hayas usado se esfuma sin más; si tienes saldo pendiente de hace cuatro años, ese es el que conviene gastar primero. La segunda, y es la que arruina la jugada más veces: aflorar una pérdida para compensar y recomprar el mismo valor demasiado pronto anula la pérdida a efectos fiscales — dos meses en valores cotizados, un año en los que no lo están. La calculadora hace las cuentas del cruce, pero no sabe qué has recomprado.
Preguntas frecuentes
¿Qué son GP y RCM?
GP son ganancias y pérdidas patrimoniales: lo que resulta de vender algo (acciones, fondos, ETFs, cripto, un inmueble). RCM son rendimientos del capital mobiliario: lo que te paga un activo por tenerlo, sin venderlo (dividendos, intereses de depósitos, cupones de bonos). Los dos van a la base del ahorro y tributan con la misma escala, pero se compensan por separado.
¿Por qué solo el 25%?
Es el límite que fija la normativa para la compensación cruzada entre los dos grupos. Sube desde el 10% de hace unos años, así que si arrastras saldos antiguos comprueba qué porcentaje tocaba en cada ejercicio. La razón de que exista el límite es evitar que un saldo negativo grande borre de golpe toda la tributación del otro grupo.
¿Me conviene vender con pérdidas antes de fin de año?
Si tienes ganancias que compensar, puede ahorrarte impuestos, y es una de las pocas decisiones fiscales que se toman en diciembre y no en junio. Pero solo funciona si de verdad te querías salir de ese valor: si recompras dentro de la ventana de dos meses, la pérdida no computa y te quedas sin la ventaja y con la operación hecha.
¿Los fondos de inversión también cuentan?
Sí, pero con una diferencia importante: un traspaso entre fondos no genera ganancia ni pérdida, así que no hay nada que compensar hasta que reembolses de verdad. Eso es una ventaja para rebalancear sin tributar, y a la vez significa que no puedes usar un traspaso para aflorar una pérdida.
¿Y las pérdidas en cripto?
Van al mismo cajón que las acciones: son ganancias y pérdidas patrimoniales y se compensan entre sí sin problema. La regla de recompra también les aplica, y al no cotizar en un mercado regulado la ventana que se les aplica es la de un año, no la de dos meses. Que el exchange no te dé un informe fiscal no cambia la obligación de declararlo.