Compensación de pérdidas patrimoniales
Calcula cuánto puedes compensar entre ganancias, pérdidas, dividendos y RCM. Aplica el límite del 25% cruzado y el arrastre a 4 años.
Tu situación del año
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Base ahorro final
600,00 €
Sobre esto se aplica el IRPF
Arrastre futuro GP
1300,00 €
Hasta 4 años
Arrastre futuro RCM
0,00 €
Hasta 4 años
Pasos aplicados
- Saldo GP del año: -1500.00 €
- Saldo RCM del año: 800.00 €
- Compensación cruzada GP→RCM (25%): 200.00 €
¿Qué es esto y cómo se usa?
España permite compensar pérdidas patrimoniales con ganancias del mismo grupo. Si el saldo es negativo, puedes compensar con rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses) hasta el 25% de su saldo positivo. Lo que sigue siendo negativo se arrastra los 4 años siguientes.
Preguntas frecuentes
¿Qué son GP y RCM?
GP = ganancias/pérdidas patrimoniales (venta de acciones, fondos, inmuebles). RCM = rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses, cupones).
¿Por qué solo el 25%?
La normativa española limita la compensación cruzada al 25% del saldo positivo del otro grupo, para no permitir saltarse tramos artificialmente.